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En caso de accidente de tráfico, qué se pueden reclamar:

Daños materiales

En este campo incluiremos los daños del vehículo del propietario. Este podrá reclamar el arreglo de los daños sufridos en su vehículo. Normalmente es tu propia compañía la que asume el arreglo, previa aceptación de la compañía contraria culpable, al existir convenio entre las compañías.

Otros daños materiales que se pueden reclamar son los daños sufridos en los efectos personales derivados del accidente (casco, gafas, relojes, ropa, etc.) y del mismo modo podemos reclamar los gastos derivados del accidente tales como (gastos farmacéuticos, médicos, hospitalarios, desplazamientos, alquiler vehículo, etc.)

Tu propia compañía suele ofrecerte dicha asistencia médica pero lo más recomendable es utilizar médicos ajenos a las compañías de seguros.

En Tu Indemnización Ya estamos convencidos de que para obtener la mejor recuperación y la máxima indemnización, se debe de acudir a médicos privados independientes, por eso contamos con una amplia lista de médicos y rehabilitadores a nuestro servicio, a los que usted acudirá de nuestra parte, no teniendo que abonar ningún coste por adelantado ya que sus honorarios los abonara la aseguradora contraria. Es decir nuestros servicios médicos realmente son GRATIS.

Daños personales

Hay que estudiar cada caso ya que vamos desde fallecimientos derivadas del siniestro hasta lesiones leves.

En caso de muerte determinados familiares podrán reclamar la correspondiente indemnización según baremo de accidentes de tráfico.

El lesionado podrá reclamar secuelas por lesiones permanentes. Estas pueden funcionales y estéticas y dependerá de varios factores de la persona que reclama tales como la gravedad de las lesiones, la edad, las condiciones familiares y los ingresos económicos.

Se puede dar el caso que tu propia póliza de auto incluya la garantía de accidentes y tenga que indemnizarte también por tus secuelas.

También podrá reclamar daños personales por incapacidad temporal que irá en función de los días de hospitalización, días impeditivos (son impeditivos los días en los que no has podido realizar tus tareas de trabajo, de estudios, del hogar, hobbies, etc.) y de los días no impeditivos (son no impeditivos los días en los que no has podido realizar ciertas actividades, pero sí que te permiten hacer tus tareas de trabajo, de estudios, del hogar, etc.).

Lucro cesante

Si sufrimos un accidente de tráfico y a consecuencia de este perdemos parte de nuestros ingresos derivados de una baja médica o de la imposibilidad de realizar nuestro trabajo o incluso perdemos nuestro empleo, podremos reclamar lo que hemos dejado de ganar y que habitualmente ganamos a aquello que habrías ganado normalmente.

También podremos reclamar el coste que nos suponga el cuidado durante proceso de incapacidad temporal por terceras personas (cuidadores, etc.).

Igualmente podernos reclamar el coste de la contratación de un trabajador que nos sustituya en un negocio durante el periodo de incapacidad temporal.

Intereses por demora: si la aseguradora se retrasa más de tres meses (desde la fecha del accidente) en indemnizarte o en darte una oferta motivada, tendrá que pagarte la indemnización más el interés legal que variará en función de la fecha pago.

 

En caso de accidente de tráfico, cuándo se pueden reclamar:

Los plazos legales para emprender una reclamación por los perjuicios sufridos en un accidente de tráfico dependen de la vía judicial a escoger:

  • Vía penal. Tenemos un plazo de seis meses desde la fecha del accidente para interponer la correspondiente denuncia.
  • Vía civil. Tenemos un plazo de un año desde la curación de las lesiones para interponer la correspondiente demanda.

Si finalmente es indemnizado y aparecieran nuevas secuelas relacionadas con el mismo accidente, tendrá un nuevo plazo de 1 año para reclamar por esas nuevas secuelas.

Debe recordar también que debe informar a su compañía aseguradora del siniestro en un plazo de siete días.